Carta al Servel

Santiago, 24 de Agosto de 2020

Sr.

Raúl García Aspillaga

Director Nacional Servicio Electoral

Presente

De nuestra consideración, nos permitimos dirigirnos a Ud., como máxima autoridad del Servicio Electoral, con el mayor sentido de urgencia, en atención a que este miércoles 26 de Agosto, comienza el periodo de la campaña electoral para el plebiscito constituyente fijado para el 25 de octubre del presente por parte del ejecutivo.

En efecto, según lo establecido, en la ley número 21.221, el día 25 de octubre del presente, está convocado un plebiscito nacional constituyente, sin embargo y, como es de conocimiento público, el país está siendo afectado por una pandemia causada por el virus Covid-19, situación que llevo al Presidente de la Republica Sebastián Piñera a decretar el 18 de marzo del presente, Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en todo el territorio nacional por 90 días para prevenir la propagación de coronavirus y proteger a la población, habiéndose prorrogado dicho estado de catástrofe, a partir del 15 de junio del presente por 90 días más.-

Pues bien, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1° de la ley 18.415, Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción Constitucional, se establece: ¨ El ejercicio de los derechos y garantías que la Constitución Política asegura a todas las personas, sólo puede ser afectado en las situaciones en que ésta lo autoriza y siempre que se encuentren vigentes los estados de excepción que ella establece¨. En consecuencia, durante este periodo de excepción constitucional se pueden restringir, limitar y prohibir el legítimo ejercicio de determinadas garantías constitucionales a los ciudadanos, tales

como el derecho a reunión, derecho a la libertad de desplazamiento, libertad de expresión, entre otros.

Las citadas restricciones constitucionales tienen su fundamento en que el país se encuentra en estado de emergencia sanitaria por la declaración de la pandemia mundial del coronavirus, en el caso de Chile, según información oficial del Ministerio de Salud existen actualmente 391.849 casos confirmados de coronavirus en el país, 10.671 fallecidos y 15.116 casos activos.

En este mismo contexto sanitario de total incertidumbre sobre los plazos en que esta pandemia cesara definitivamente en nuestro país y en el mundo, tenemos que enfrentar un plebiscito nacional constituyente el día 25 de octubre del presente año, sin que a la fecha se hayan dictado normas legales que garanticen un proceso electoral seguro para la población y, especialmente para aquellos con mayor riesgo de mortalidad como son las personas adultos mayores de 65 años de edad, con enfermedades crónicas, cáncer, diabetes, enfermedades cardiovasculares, inmunodeprimidos, etc.-Agregándose, aquellos 15 mil portadores activos del covid-19 que tienen derecho a participar de este acto plebiscitario.-

En el citado panorama sanitario, el 26 de Agosto del presente, se da inicio a los 60 días de la campaña electoral para el plebiscito constituyente a celebrarse el 25 de octubre del presente, debiendo existir a esa fecha en nuestro país, una plena libertad para ejercer el derecho a circulación, a reunión, a la libertad de  expresión y una plena libertad política de todos y cada uno de los ciudadanos.

Sin embargo, para el inicio de dicha campaña electoral no podría estar vigente ningún Estado de Excepción Constitucional que restringa o limite esas libertades políticas y el ejercicio de las citadas garantías constitucionales que son esenciales para la celebración de un acto plebiscitario libre, justo y democrático.-

De tal manera, que nos parece que es absolutamente incompatible el libre ejercicio de las garantías constitucionales de reunión, circulación y expresión que deben observarse en todo proceso electoral democrático y equitativo con la vigencia de un estado de excepción constitucional de estado de catástrofe que limita o restringe los citados derechos y libertades.-

La plena democracia que asegura nuestra actual constitución política no admite la existencia de Estados de Excepción ante un proceso electoral, mucho menos las medidas de restricción a las libertades constitucionales.

Observamos con fundado temor que las limitaciones a las garantías constitucionales impidan el libre ejercicio democrático propios de una campaña electoral .

Entre otras limitaciones, por ejemplo tendremos que pedir permiso a la autoridad sanitaria para circular a pie o en automóvil por las avenidas y calles o reunirnos en plazas, ferias, estadios y otros espacios públicos de las comunas del país, considerando que actualmente hay 52 comunas en cuarentena, en las cuales no tendremos derecho a ingresar ni tampoco aquellas que estando en la fase dos del desconfinamiento, el fin de semana está restringido su acceso por volver a la cuarentena.-

Es democráticamente inconcebible que pueda llevarse a cabo una campaña electoral con una población encerrada en sus casas y con 52 comunas en cuarentena a lo largo del país, pidiéndole autorización a la autoridad militar o policial, a través de la comisaría virtual, para salir a hacer campaña política en las distintas comunas del país. Se suma, que resultara imposible por la prohibición establecida en las normas sanitarias reunirse más de 50 personas en lugares abiertos y con más de 10 personas el lugares cerrados, lo que constituye un obstáculo insalvable para desarrollar una exitosa campaña electoral y una realización y producción adecuada de una franja televisiva para aquellas organizaciones civiles que tienen tiempo asignado por el Tribunal Electoral.-

Un capitulo separado tendría que tener la Región de la Araucanía en que, como  es de conocimiento púbico, la situación de inseguridad, violencia y permanentes atentados terroristas hacen imposible garantizar la posibilidad de llevar a cabo una campaña electoral y menos aún garantizar a los habitantes de esta región poder concurrir a votar sin que esté en riesgo su vida y su integridad física. A mayor abundamiento, en La Araucanía y en el sector sur de la provincia de Arauco hay amplios sectores donde no es posible circular sin correr el grave

riesgo de sufrir un atentado, y también lugares donde no se permite la libre circulación de los ciudadanos ni aun el ingreso de las policías.-

En esta misma línea del respeto a las garantías constitucionales durante un proceso electoral, especialmente aquella población más vulnerable frente al estado de emergencia sanitaria que viven el país y que son los adultos mayores, los cuales, de conformidad al artículo 27 de la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las personas Mayores se les debe asegurar sus derechos políticos, en los siguientes términos: ¨La persona mayor tiene derecho a la participación en la vida política y pública en igualdad de condiciones con los demás y a no ser discriminados por motivo de edad. La persona mayor tiene derecho a votar libremente y ser elegido, debiendo el Estado facilitar las condiciones y los medios para ejercer esos derechos¨. Asimismo, el artículo 28 de la citada convención internacional, señala: ¨Derecho de reunión y de asociación de las personas mayores¨, indicando que : ¨La persona mayor tiene derecho a reunirse pacíficamente y a formar libremente sus propias agrupaciones o asociaciones, de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos¨. No hay duda alguna, que frente a las normas sanitarias restrictivas que actualmente están vigentes en el país, resulta imposible garantizar a la población de adultos mayores el libre ejercicio de los derechos políticos reconocidos en la citada convención internacional de derechos humanos durante una campaña electoral, mientras este vigente un estado de excepción constitucional que restringe y limita dichas libertades y derechos a la ciudadanía.-

En consideración a lo expuesto, podemos concluir con meridiana claridad normativa que un Estado de Excepción Constitucional, como es el que actualmente nos rige hasta el 15 de Septiembre del presente, nos hace legal y constitucionalmente inviable el desarrollo de una campaña electoral libre, democrática y justa para el plebiscito constituyente al cual hemos sido convocados.-

El citado plebiscito definirá un proceso en el que se podría definir nuestras futuras reglas constitucionales como nunca antes en nuestra historia, por tanto debe reunir todas las condiciones de legitimidad que garanticen un proceso electoral transparente, libre e informado.-

En virtud de las citadas consideraciones electorales, sanitarias, legales, constitucionales y tratados internacionales de derechos humanos antes expuestas, solicitamos a este organismo electoral un pronunciamiento formal sobre el respeto y el libre ejercicio de las garantías constitucionales que se les garantizara a las agrupaciones y movimientos por el rechazo, durante el proceso campaña electoral que se inicia el 25 de agosto del presente, todo ello, en el contexto de la vigencia de un estado de excepción constitucional de estado catástrofe que se extenderá hasta el 15 de septiembre del presente año. Asimismo, solicitamos a este organismo público un pronunciamiento formal sobre si se cumplen o no las condiciones sanitarias y de seguridad para la realización del acto plebiscitario fijado para este 25 de octubre, comunicando dicha resolución, al Presidente de la Republica, al Presidente del Senado y al Presidente de la Cámara de Diputados.-

A la espera de su pronunciamiento, Se despiden atentamente

RepresentanteOrganización
Raúl Aníbal Meza Rodríguez (Presidente)Fuerza Nacional (Partido político en formación)
Pedro Veas Diabuno (Presidente Facir)Multigremial de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones.-
Carlos Salinas Silva (Presidente Confar)Confederación de Pensionados y Montepiados de la Defensa Nacional.
Gloria Naveillan Arriagada VoceraAsociación de Agricultores de Malleco
Andrés Sánchez G. Fabián Durán L. (Coordinación General)Pacto Chile Libre
YAAC Chilenos de Corazón Comité de Seguridad Agrícola de Hijuela Tradición Familia Catolicismo
Agrupación Nuevo Chile PFLM Chile Cosmovisión Comando del Rechazo Rancagua Unidad Evangélica por el Rechazo Círculo militar en Retiro Araucanía Músicos por el Rechazo Fundación Liberal Reformista Grupo de Industriales Malleco Cautín Fuerza en Acción Nacional Comando del Rechazo zona Macro Sur Movimiento Defensa Democrático La Diestra Partido Liberal Libertario Partido Libertario Voz Uandes Convergencia Nacional de Chile
Alejandro Armstrong de Aguirre (Presidente ASOFAR)Asociación Gremial de oficiales de la Armada en Retiro
Loreto LetelierFundación Avanzada Internacional
Jorge García (Jefe Regional)Comando del Rechazo Zona Macro Sur
Raul LabanFundación YAAC
Christian Le BertFundación Los Lagos en Acción
Gloria VilicicComando del Rechazo Magallanes
María José TorresAgrupación Mujeres de Chile
Rodrigo HalpernFundación Arte Real
Marta PonceFundación Chile en Tus Manos
Sebastián CristiMovimiento Defensa Democrática
Rodrigo PulgarCanal Cultura Chatarra
Sebastián IzquierdoCapitalismo Revolucionario
Luciano ValenzuelaAcción Libertaria
Hernán VillalónMAS R
Jorge ArancibiaMúsicos por el Rechazo
Gema LopezPor la Paz y la Libertad
Alex AlvaradoFundación Libertad Primero
David YañezAún Tenemos Patria (ATP)
Francisco FritisPadres Objetores
Raúl GonzálezL. Patriótica de Chile
Osvaldo RiveraVoz Nacional
Martin SotoB.ALFA
Miguel IglesiasPartido Liberal Libertario
Juan Carlos RodríguezDefensores por la Libertad
  Daniel CastilloComando por la Paz y Justicia Antofagasta
Rodrigo Rojas FuentesCiudadanos de la Republica
  Aquiles Castro SepulvedaClub de Infantes de Marina (R) Punta Arenas
Roberto WeissohnMovimiento Paz por Chile
Ramon VargasGrupo Fuerza Pime
Alejandro Riquelme DucciMultigremial Magallanes
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